Frutos Secos Alcañiz

Portada Dto. Tecnico Hoja de Registro fitosanitarios
Obligatoriedad del Registro de datos de aplicaciones de productos fitosanitarios Imprimir
Escrito por Técnico   
Lunes, 02 de Abril de 2007 00:00

REGISTRO DE DATOS DE APLICACIONES DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS


El 19 de mayo de 2007 entró en vigor la Orden APA/326/2007 de 9 de febrero, BOE nº 43 de 19 de febrero de 2007, que establece la obligatoriedad de todo productor de alimentos a mantener un Registro actualizado de las aplicaciones con productos fitosanitarios.

Esta Orden aplica el Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, y el Reglamento (CE) 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005.

En los siguientes enlaces están disponibles los siguientes documentos:

También reseñamos por su importancia los siguientes enlaces:

  • Registro de Fitosanitarios del MAPA, donde poder consultar los productos fitosanitarios utilizables según cultivo, uso y plaga.  Debe tenerse en cuenta la repercusión del uso de un producto no autorizado en un cultivo y/o plaga no autorizado, así como el riesgo de sanción y retirada de la producción que puede conllevar.  (Consulta directa para el almendro)